El IVA en las facturas de enseñanza

Me han dicho que las facturas de enseñanza no lleva IVA ¿eso es verdad? Y si no lleva IVA puedo deducir el gasto del IVA de mis facturas? 

Es una verdad a medias. La actividad de enseñanza reglada  no lleva IVA. Y ¿qué entiende hacienda por enseñanza reglada? Es la que tiene unos contenidos bajo la tutela del ministerio de Educación. Con un ejemplo es más sencillo. Una academia de inglés es enseñanza reglada, por que el inglés tiene unos contenidos mínimos fijados, todos sabemos de lo que estamos hablando. De igual modo con una academia de peluquería, que al haber estudios de formación profesional que lo imparten,  ya está bajo tutela del Ministerio de Educación y por tanto es una enseñanza reglada. Sin embargo, si esa misma academia imparte cursos de autoayuda, de superación personal, eso no está reglado, al igual que un curso de equitación, o de fotografía. 

En los primeros casos,  es una actividad exenta de IVA, en los siguientes sí lleva IVA de un 21%. 

En cuanto a la segunda cuestión. La deducibilidad del IVA en actividades exentas la respuesta es NO. Si no genero IVA con mis facturas no puedo deducirme IVA de mis gastos. El IVA pagado será parte de mis gastos.  En una factura de gasto de 50 € + IVA,  cuando tengo una actividad exenta, contabilizaré como gasto 60,5 €, la base imponible y el IVA correspondiente. 

Si tienes alguna duda sobre la aplicación del IVA o si una determinada factura está exenta o no, no dudes en contactar con nosotros, 

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