Voy a alquilar un local comercial de mi propiedad, ¿qué tengo que hacer?

Es interesante que tengamos en cuenta que el arrendamiento de inmuebles tienen diferente tramitación y tributación dependiendo si hablamos de vivienda habitual, de vivienda para uso distinto de vivienda o de locales comerciales.

El arrendamiento de inmuebles distinto de vivienda habitual no goza de ninguna reducción de cara a hacienda. tributa por el 100 %.

En cuanto a las obligaciones, hay que tramitar el alta censal del dueño del inmueble como arrendamiento de inmuebles y elaborar las facturas mensuales de acuerdo con esta circunstancia, es decir, al precio acordado entre ambas partes se aplicará el iva correspondiente, un 21% y por parte del arrendatario se retendrá la retención por iprf que nos indica la agencia tributaria para estos casos, un 19%.

Otra obligación legal es depositar la fianza del alquiler en las oficinas a tal fin de las comunidades autónomas. En el caso de la comunidad valenciana las oficinas de la Consellería de Economía y en las oficinas liquidadoras de los registros de la propiedad. Es un trámite económico y el no hacerlo es sancionable.

Recuerda, tendrás que presentar declaraciones trimestrales de IVA por el alquiler del local.

Para ver qué gastos son deducibles en la declaración de renta, es preferible una consulta detallada.

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